martes, 6 de abril de 2010

Conceptos de los derechos humanos

CONCEPTUALIZACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
El concepto de derechos humanos es en apariencia poco significativo y se pudiera considerar que lleva consigo una redundancia, ya que todos los derechos son humanos, al ser el derecho una creación del hombre, que permite la armonía y pacifica convivencia social.
Son diversas las aportaciones que pueden encontrarse respecto al concepto de lo que son derechos humanos, entre los cuales se destacan los siguientes:
• Doctrina Ius Naturalista.- Define a los derechos humanos, como aquellos inherentes a la naturaleza humana, garantías impresendibles y esenciales que requiere un individuo para vivir y desarrollarse como persona.
• Doctrina Ius Positivista.- Sostiene que los derechos humanos son constitucionalmente enunciados como tales, es decir; los derechos contenidos en los textos constitucionales y en las leyes de más alta jerarquía, concretamente llamados derechos del hombre, los ya enunciados en las constitucionales políticas de los estados y en el ámbito internacional los establecidos en las declaraciones, tratados y convenciones sobre los derechos humanos.
CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS
Los derechos humanos tienen las siguientes características:
• Son universales, por que los derechos humanos son para todas las personas sin importar su origen, edad, raza, sexo, color, opinión política o religiosa, etc. Sin distinción alguna en todo el mundo deben respetarse los derechos fundamentales de los hombres y de las mujeres.
• Permanentes, por que una vez que se han conseguido quedan establecidos en el orden público internacional o nacional. Al ser reconocidos por los estados, los derechos humanos, los derechos humanos no deben desaparecer o suprimirse y continuarán a través del tiempo, y no están sujetos a un término.
• Progresivos, satisfacen las necesidades personales y colectivas es una preocupación constante de la humanidad, estas necesidades no son estáticas, por el contrario, aumentan según el progreso social, cultural, económico o industrial de la comunidad. Convirtiéndose finalmente por un interés por alcanzar.
PRINCIPIOS GENERALES DE LOS DERECHOS HUMANOS
• La libertad; la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana.
• Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
• La realización del ser humano libre necesita condiciones que permitan gozar a cada persona sus derechos civiles, políticos, económicos sociales y culturales.
• El derecho de los pueblos para auto determinar su destino y su desarrollo económico, social y cultural, es condición para disfrutar de los derechos y las libertades fundamentales.
• Favorecen la consolidación, dentro de las instituciones democráticas, de un régimen de libertad personal y de justicia social, fundando en los derechos esenciales del hombre.
• El estado no podrá destruir no restringir los Derechos Humanos fundamentales.
• Los estados se han comprometido a respetar en forma absoluta los derechos individuales y a lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos sociales, económicos y culturales.
• Tienen una dimensión histórica y constituyen en un ideal común para hombre y mujeres de todos los pueblos.
GENERACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS
La clasificación más conocida de los derechos humanos es aquella que distingue a la llamada tres generaciones de los mismos, y el criterio en que se fundamenta es un enfoque periódico, basado en la progresiva cobertura de los derechos humanos.
• PRIMERA GENERACIÓN.- Surge con la Revolución Francesa como la rebelión contra el absolutismo del monarca. Se encuentra integrada por los denominados derechos civiles y políticos. Imponen al Estado respetar siempre derechos fundamentales del ser humano.
CARACTERÍSTICAS
• Imponen al estado el deber de respetarlos siempre, sólo pueden ser limitados en los casos y bajo las condiciones previstas en la Constitución.
• Su reclamo corresponde al propio individuo.
• Los derechos de la primera generación distinguiendo, entre derechos y libertades fundamentales y derechos civiles y políticos.
• Todo ser humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
• Todos somos iguales ante la ley, esto es, a todos debe aplicarse de igual manera.
• Los hombres y las mujeres poseen los mismos derechos.
• Nadie estará sometido a esclavitud o a servidumbres.
• Toda persona tiene derecho a circular libremente a elegir su residencia.
• Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. SEGUNDA GENERACIÓN.- la constituyen los derechos de tipo colectivo, los derechos sociales, culturales, y económicos. Surgen como resultado de la Revolución Industrial en el viejo continente y; en México, la Constitución de 1917 incluyó los Derechos Sociales por primera vez en el mundo, y constituyen una obligación de hacer del Estado y son de satisfacción progresiva a las posibilidades económicas del mismo.
CARACTERÍSTICAS
• Amplia la esfera de responsabilidad del Estado, impone un deber hacer positivo por parte del Estado; satisfacción de necesidades prestación de servicios.
• Su reclamo es mediato e indirecto esta condicionado a las posibilidades económicas del país.
• Derechos económicos y sociales y culturales.
• Toda persona tiene derecho a la seguridad social, y a obtener una satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales.
• Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.
• Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para su defensa de sus intereses.
• Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud, la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica, y los servicios sociales necesarios.
• Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades.
TERCERA GENERACIÓN.- se forma por los llamados derechos de los pueblos o de solidaridad. Surgen en nuestro tiempo como respuesta a la necesidad de cooperación entre las naciones, así como de los distintos grupos que la integran.
CARACTERÍSTICAS
• Pertenecen a grupos imprecisos de personas que tienen un interés colectivo común.
• Requieren para su cumplimiento de prestaciones positivas
• Su titular es el Estado, pero también pueden ser reclamados ante el propio Estado.
• Los derechos de los pueblos son:
• A la autodeterminación.
• A la independencia económica y política.
• A la identidad nacional y cultural.
• A la paz.
• A la coexistencia pacifica.
• Al desarrollo.
• A la justicia social internacional.
• Al uso de los avances de la ciencia y de la tecnología.
• A la solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos, y ecológicos.
DOCUMENTOS NACIONALES E INTERNACIONALES QUE PROTEGEN LOS DERECHOS HUMANOS
La Declaración Universal de los Derechos Humanos se proclamó en La Asamblea General de la ONU el 10 de diciembre de 1948, considerando que el menos precio de los derechos humanos ha originado actos de barbarie que lesionan la conciencia de la humanidad se reafirmo que la libertad, la justicia, la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad de los hombres.
También se vio la necesidad de que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de derecho, es decir, una legislación vigente por tanto, esta Declaración fue adoptada como un ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, y a través de su enseñanza lograr su reconocimiento y aplicación universal efectiva.
PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS.
Con el objeto de reforzar la declaración antes mencionada, La Asamblea General de la ONU adopto el 16 de diciembre de 1966 este pactó, que entró en vigor hasta el 23 de marzo de 1976. En el se detallaban los derechos ya contemplados por la citada declaración y se compromete a los Estados firmantes para que respeten los Derechos protegidos.

14 comentarios:

  1. Sabemos que los derechos humanos es algo que nos corresponde a todos y todas y nadie tiene por que privarte de tus derechos, siempre y cuando respetes a los demás, es muy importante hacerte valer, por que somos libres y no importa tu color, raza o sexo, lo único malo es que se nos ha olvidado y permitimos que abucen de nuestros derechos, por eso debemos de seguir luchando para recuperar eso y nos va a ayudar a qué exista mas respeto.
    giovanna galeazzi

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  2. ISMAEL CORONEL:
    si todos los hombres tenemos ese derecho pero que pasa cuando violamos los derechos de otra persona? seguimos manteniendo ese derecho?
    si alguien comete un delito....supongamos un secuestro o violacion acaso debemos respetar los suyos??
    creo firmemente que la gente debe de ser juzagada independientemente y si alguien los viola no respetar los de esas personas al castigarlas

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  3. Yo estoy de acuerdo en que los derechos vienen de la mano de los deberes , sin uno no existe el otro , la frontera de mis derechos es el respeto de los demás .
    Me parece muy bien que las naciones tengan presente que el ser humano por el solo hecho de existir tiene esas facultades.
    Me parece necesaria la no distinción de ningun tipo para el buen ejercicio de nuestros derechos

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  4. Es cierto que hoy en día los derechos humanos son respetados de una manera más rigurosa, pero creo que aún falta mucho por hacer, hay lugares donde todavía se sufren todo tipo de abusos y no se respetan los derechos de cada persona.

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  5. El comentario de arriba es de Jorge Beltrán jejeje

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  6. De acuerdo con Fabo! si quieres derechos respeta los de los demas, y cumple con tus obligaciones.

    P.D. pregunta: si todos los derechos son humanos, entonces esta mal que llamen DERECHOS DE LOS ANIMALES a lo que se supone tienen libertad los animelitos?

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  7. al agredir a una persona automaticamente pierdes tus derechos (como dijo Octavio paz: "chillen putas").
    respuesta a la pregunta de lara:
    en primera: todos son derechos humanos, los derechos de los animales no existen como tal, pero por eso existen agencias protectoras de los animales.
    en segunda: no es lo que "se supone tienen libertad los animAlitos no animelitos", son simplemente reglas establecidas por las agencias protectoras y son contra el abuso obvio no tienen derechos como: derecho a la educación etc.
    [en méxico son pocas las asociaciones protectoras de animales, solo existen contadas y algunas de talla internacional como greenpeace]

    casandra camargo

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  8. Todos simplemente por ser humanos ya tenemos derechos, se supone que es algo que por ley debemos de tener, es ahi cuando me pregunto entonces porque cuando queremos hacer valer el derecho a la libertad de exoresion, de poder expresar nuestro punto de pensar, actuar, vestir, etc..no nos lo permiten creo que un claro ejemplo de esto podría ser lo de los emos y tmb los asesinatos a periodistas solo por el hecho de que a "x" persona no le convenia.


    SILVIA HERNÁNDEZ

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  9. ah ok gracias casandra, lamento el error de dedo. por cierto, ya checaron lo de pena de muerte? creo que se relaciona un poco con el comentario de ismael sobre lo que ocurre cuando se violan los derechos de otras personas, como lo que proponía el PV de aplicar la pena de muerte a secuestradores y asesinos.

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  10. sabías que...
    Cualquier persona puede denunciar presuntas violaciones a los Derechos Humanos y acudir ante las oficinas de la Comisión Nacional, ya sea personalmente o por medio de un representante para presentar su queja, así como por teléfono o fax. Cuando los interesados estén privados de su libertad o se desconozca su paradero, los hechos pueden ser denunciados por los parientes o vecinos de los afectados, inclusive por menores de edad.

    Paulina Barrientos

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  11. sabías que...
    Cualquier persona puede denunciar presuntas violaciones a los Derechos Humanos y acudir ante las oficinas de la Comisión Nacional, ya sea personalmente o por medio de un representante para presentar su queja, así como por teléfono o fax. Cuando los interesados estén privados de su libertad o se desconozca su paradero, los hechos pueden ser denunciados por los parientes o vecinos de los afectados, inclusive por menores de edad.

    Paulina Barrientos

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  12. En cuanto a lo que dijo paulina, sólo quisiera preguntar algo a los miembros de este blog, qué pasa cuando a pesar de presentar una queja no tiene respuesta?
    Es cierto que existen muchas instituciones encargadas de los derechos humanos, sin embargo seamos sinceros existen casos donde ni siquiera estas instituciones respetan lo que porfetan.
    Olvia Zavala

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  13. Los Derechos humanos son las facultades, libertades y exigencias inherentes a cada persona por el solo hecho de su condición humana. Esto quiere decir que se trata de derechos propios (nadie, bajo ningún concepto, puede privar de estos derechos a otro sujeto mas allá del orden jurídico existente) e independientemente de cualquier factor particular (raza, nacionalidad, religión, sexo, etc.).

    Los derechos humanos también son irrevocables (no pueden abolirse), intransferibles (una persona no puede “ceder” estos derechos a otra) e irrenunciables (nadie puede renunciar a sus derechos básicos). Aun cuando se encuentren protegidos por la mayoría de las legislaciones internacionales, los derechos humanos supone una base moral y ética de la sociedad considera necesaria respetar para proteger la dignidad de las personas.

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  14. Mis estimados:

    Muy buenas reflexiones y aportaciones, por cierto Olivia se quedo sin respuesta del equipo a su interrogante.

    Continuen participando esta y la próxima semana.
    GAG.

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